28 de marzo de 2016

Se amplía la ITE en Castilla y León




Hace años que venimos hablando de la "Inspección Técnicade Edificios" ITE, en qué consiste, los beneficios que aporta una buena ITE, etc. etc., paralelamente hemos visto como la accesibilidad en los edificios y locales públicos ha llegado a ser un derecho que hay que garantizar y por último, la eficiencia energética ha pasado a ser una necesidad si queremos cumplir con los objetivos de reducción de emisiones CO2 y de energía.



En todo este tiempo, apareció la figura del "Informe de Evaluación del Edificio" IEE, sin una aplicación clara se trataba de un documento que incluía las tres exigencias anteriormente indicadas, es decir: estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética del edificio. Su aparición fue asociada a la puesta en práctica de una aplicación informática "ad hoc" y tuvo el respaldo de una Ley tan decidida como la Ley 8 de "Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana", pero como toda iniciativa estatal su aplicación depende de lo que cada administración autonómica decida, en definitiva una implantación muy discreta y poco uniforme.

Actualmente en la Comunidad Autónoma de Castilla y León la ITC es ambiciosa, pues el Reglamento Urbanístico actual no solo se limita a las condiciones de seguridad sino que contempla aspectos de salubridad, ornato público, habitabilidad, accesibilidad, deber de uso y dotación de servicios y normativa sectorial, etc.. La necesidad de avanzar en el sentido marcado por la Ley 8 de Rehabilitación ...., el necesario cambio de modelo productivo que prescinde de la obra nueva y aspira a la rehabilitación ...., la obligatoriedad de cumplimiento de objetivos medioambientales hace que sean precisas actuaciones integradoras.

La modificación del Reglamento Urbanístico de Castilla y León (CyL), publicada el día 4 de marzo de 2016 entrará en vigor al mes de su publicación, ha resuelto la incógnita sobre la aplicación del Informe de Evaluación IEE, se anula la Inspección Técnica de Construcciones ITC y pasa a ser "Inspección Técnica de Edificios" ITE y se amplía lo exigido actualmente hasta el contenido del Informe de Evaluación IEE.

Por lo tanto habrá que tener en muy en cuenta que la ITE (CyL) posterior al día 4 de abril de 2016, no será la ITC anterior, sino que su contenido será mucho más amplío y su objeto abarcará tanto el estado de conservación, como las condiciones de accesibilidad, la situación frente al incendio y la certificación de la eficiencia energética.


Si quiere acceder al decreto 6 /2016 que modifica el Reglamento Urbanístico de Castilla y León, haga click aquí.

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