Por la orden FOM/564/2011, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el día 5 de mayo de 2011, se publican las BASES que regirán la concesión de subvenciones para la “INSPECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES”, con las que se persigue incentivar y ayudar a los propietarios de edificios residenciales a cumplir con sus obligaciones de inspección técnica en edificios de más de 40 años de vida.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?:
Comunidades de propietarios legalmente constituidas y personas físicas propietarias de viviendas unifamiliares, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que hayan realizado o realicen la Inspección Técnica de Construcciones en el año en el que se publique la convocatoria de subvención.
- Que el edificio se sitúe en una localidad en la que sea obligatoria la inspección técnica de edificios.
- Que el informe de inspección se presente en el Ayuntamiento correspondiente.
- Que el edificio no se encuentre en situación de infracción urbanística, disconforme con el planeamiento o fuera de ordenación.
¿Qué cuantía es subvencionada?
La cuantía máxima será del 30% de los honorarios facultativos devengados como consecuencia de la realización de la Inspección Técnica , con un máximo de 600 € por beneficiario.
¿Cuándo comienza y termina el plazo de presentación?
Se podrán presentar solicitudes a partir del día siguiente a la publicación en el BOCYL de la convocatoria, hasta el día 31 de Diciembre del año en que se publique la convocatoria
¿Cómo se realizará la solicitud?
Las solicitudes se realizarán conforme el modelo que la convocatoria de subvención establezca, igualmente será la convocatoria la que indique la documentación a presentar.
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