29 de octubre de 2013

Documentos de Orientación Técnica de la Fundación MUSAAT




Recientemente, la Fundación MUSAAT ha abierto en su Web un apartado destinado al “Proceso edificatorio”, en este apartado encontramos los “Documentos de Orientación Técnica en Edificación” que en este post compartimos con todos vosotros.

Es de agradecer que la mutua que más conoce la siniestralidad de la edificación española, a través de la cobertura R.C. de casi todos los Directores de Ejecución, aporte recomendaciones técnico-constructivas en aquellas unidades de obra más susceptibles de sufrir patologías.




De esta forma, a día de hoy, podemos visitar la Web y encontrarnos con las fichas que a continuación se enlazan:

-          CIMENTACIÓN:




-          CUBIERTAS:






En Servicios y Asesoramiento Técnico queremos resaltar la importancia de estas fichas, ya no solo por su calidad y buen criterio sino también por lo oportunas que resultan para que los técnicos y constructores incidamos de forma decidida sobre los puntos realmente críticos en nuestras construcciones.


1 de octubre de 2013

Las ayudas para la rehabilitación energética de edificios EXISTENTES de uso residencial u hotelero, en vigor hasta 2015.

En el día de hoy se ha publicado la Resolución de 25 de septiembre de 2013 de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen las Bases y Convocatoria de las Ayudas para la Rehabilitación Energética de los Edificios de uso residencial y hotelero.

Será el “Instituto para la Diversificación yel Ahorro de la Energía” IDAE, el organismo que gestionará directamente las subvenciones, mediante única convocatoria y gestión de éstas; se evita la intervención de las comunidades autónomas alegando el contexto económico actual.

Se argumenta el sentido de las ayudas en cuanto al objetivo de reducción en 2020 del 10% de las emisiones de CO2 con respecto a 2005, por lo que se incide de forma decisiva en los edificios EXISTENTES, al tiempo que se aspira hacia el edificio de consumo casi nulo de nueva construcción, como veíamos en nuestro post. anterior.

Como no podía ser de otra manera, se utiliza el “Informe de Evaluación del Edificio” como herramienta para conocer el grado de eficiencia energética del Edificio y como documento imprescindible para la solicitud de ayudas.

Podemos hacer el siguiente resumen de la convocatoria de subvenciones publicada:

- Tipo de ayudas. Podrán ser:

-         Entrega dineraria sin contraprestación.
-         Prestamos reembonsables.

- Actuaciones subvencionables:

Serán actuaciones integrales en edificios Existentes de uso vivienda u hotelero, en los que se mejore:

-         Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
-  Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y la iluminación.
-  Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
-  Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

- Presupuesto de la convocatoria:

Se distribuirá de la siguiente forma y con la siguiente modalidad de subvención:

- Mejoras en la envolvente térmica:       31.250.000 euros  
                                                        Entrega dineraria sin contraprestación ó
                                                        Préstamo reembolsable

- Para la mejora de la E.E. de las instalaciones térmicas:     31.250.000 euros
                                                                                     Préstamo reembolsable

- Para la sustitución a biomasa:                                        31.250.000 euros
                                                                                     Préstamo reembolsable

- Para la sustitución a energía geotérmica:                         31.250.000 euros
                                                                                     Préstamo reembolsable


- Requisitos para la obtención de ayudas: entre otras.

-     La actuación deberá mejorar la calificación energética total en 1 letra según la escala de emisiones de CO2, pudiéndose conseguir mediante una actuación o la combinación de varias intervenciones.

-      Solo se estimarán las actuaciones de mejora de la envolvente sobre el total del edificio y no sobre una o varias viviendas.

-       Para optar ayudas de mejora de las instalaciones térmicas, uso de biomasa o de geotermia, la potencia térmica nominal de la instalación será superior a 100 KW.

-     La ejecución de las actuaciones deberá iniciarse en un periodo no superior a 6 meses desde la notificación de concesión de la ayuda.


- Cuantías y modalidad de las ayudas:

Para la mejora de la envolvente:

Entrega dineraria sin contraprestación:  30% coste hasta 3.000 euros/vivienda
Préstamo reembolsable:                      60% coste hasta 6.000 euros/vivienda

Para la mejora de instalaciones y cambio a biomasa o geotermia: Según Anexo I.

Plazo presentación: del 2 de octubre de 2013 hasta el 30 de octubre de 2015

- Presentación de Solicitudes:

De forma telemática en la Web del IDAE, www.idae.es.



Para dirigirse a la convocatoria, haga CLICKAQUI

29 de septiembre de 2013

Las ventajas del “Informe de Evaluación del Edificio”

Fue por junio de 2013, cuando entró en vigor la Ley 8/2013 deRehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y como ya vimos entonces se nos presentó el “Informe de Evaluación del Edificio”, con esta herramienta el legislador estatal venía a cumplir dos objetivos, por un lado que sirva como información para las administración estatal, autonómica y local para que así cuenten con estadísticas reales sobre el estado y las condiciones del parque existente; y por otro lado que el usuario sea conocedor del estado de conservación, grado de cumplimiento de las distintas normas y sobre todo, cuente con opciones de mejora con justificación de la viabilidad técnica y económica de estas; hablando siempre del estado de conservación, grado de accesibilidad universal y la calificación energética, que son los tres apartados que contiene este Informe.

Si accedemos a nuestra entrada anterior, podremos ver en que consiste y el calendario de aplicación propuesto por la Ley 8/2013.

Ciertamente en Servicios y Asesoramiento Técnico recibimos el Informe de Evaluación de Edificios con escepticismo, no parecía razonable y hasta cierto punto un sacrilegio fundir  dos ámbitos fundamentales y distintos en uno solo, como son la Inspección Técnica y la Calificación Energética; pero con  nuestra experiencia de estos últimos años con la ITE y los últimos meses con la Certificación Energética de los edificios Existentes, hemos comprobado que existen razones por las que el Informe de Evaluaciónde los Edificios podrá ser muy útil para las Comunidades de Propietarios de los edificios existentes de más de 50 años, e incluso de los menos antíguos.

Alguien podrá pensar que los “nubarrones” de la situación económica y la “oscura sombra” que cubre las futuras subvenciones hará ineficaz cualquier iniciativa que suponga desembolso económico de los propietarios, y posiblemente tendrá razón; pero quizás debemos dejar un poco de lado ese aspecto, para así poder valorar el beneficio que el Informe de Evaluación del Edificio reportará al usuario; y como no, a la economía nacional en cuanto a que se dinamizará el sector de la construcción ahora en el ámbito del mantenimiento y rehabilitación de los edificios existentes, según las pautas de técnicos especializados en la emisión de estos Informes.

A continuación indicamos las ventajas del Informe deEvaluación de Edificios, en adelante IEE.



Ventajas sobre la Inspección Técnica de Edificios:



En realidad no son ventajas pues el IEE no sustituye o deroga la Inspección Técnica de Edificios que venimos realizando, si no que la ITE es una parte integrante del IEE, por lo que la Evaluación del Estado del Edificio que se informará en el IEE será la que determine la Inspección Técnica que realice el técnico de acuerdo a la normativa autonómica o local que regule dicha ITE.





Pensemos en tres casos posibles:

El edificio ya ha pasado la ITE  y existe un Certificado en vigor:

El IEE podrá utilizar el Certificado ITE existente y complementarlo con la Certificación de la Eficiencia Energética (CEEX).

El edificio debe pasar la ITE:

Resultará mucho más rentable la realización del IEE, puesto que además de cumplir con la exigencia de inspección ITE se beneficiará de las ventajas del IEE y que más adelante se detallan.

El edificio no tiene que pasar la ITE:

Con el IEE se podrá optar a la solicitud de ayudas públicas para la realización de obras de mantenimiento, accesibilidad y mejora de la eficiencia energética, además el propietario dispondrá de un documento que le dará instrucciones para el correcto mantenimiento de su edificio.


Ventajas sobre la Accesibilidad de los edificios:


Es evidente que la sociedad española envejece y lo habitual es encontrar edificios de más de 40 años ocupados por personas de edad avanzada, cuando no alguien con movilidad reducida temporal o permanentemente; la gran mayoría de los edificios no son accesibles pues en su origen no se tuvo en cuenta este aspecto que ahora se valora tanto, tanto por las personas que lo necesitan como por la administración que es sensible con este derecho que toda persona tiene a poder acceder desde la acera de su calle hasta su casa.



En las Inspecciones Técnicas realizadas, comprobamos que en muchas, la mayoría  de ocasiones, las intervenciones realizadas para mejorar la accesibilidad no cumplen su objetivo pues además de no cumplir con los requerimientos legales no permiten que el discapacitado acceda a su casa sin la ayuda de alguien; estamos hablando de rampas imposibles, anchos de paso insuficientes, etc. etc., lo cual indica que en muchas ocasiones las soluciones han sido adoptadas sin el análisis y el fundamento técnico necesario.

El Informe de Evaluación del Edificio, va a ser el documento que evaluará las condiciones básicas de accesibilidad que presenta el edificio y propondrá los ajustes más razonables desde el punto de vista técnico y económico, evitando en muchas ocasiones los debates interesados y/ o acalorados entre vecinos sobre distintas opciones.

Ventajas para la Certificación de la Eficiencia Energética de Edificio:


En el comienzo del proceso de calificación energética de los edificios en España, vemos que habitualmente se están calificando viviendas individuales dentro de bloques residenciales, excepcionalmente se califican edificios completos cuando todas las viviendas son del mismo propietario, en nuestra opinión esta hecho es fundamental para abogar por el IEE pues evalúa la Eficiencia Energética del Edificio de forma global.







Creemos necesario distinguir  entre:

Edificios con instalaciones térmicas (Calefacción y ACS) centralizadas

Las viviendas se están calificando por cada propietario, según lo necesite para su alquiler o su venta, de forma que cada vivienda será calificada energéticamente según el criterio, la metodología y la precisión que en cada caso aplique el técnico correspondiente; lo cual provocará disparidad y lo que es peor en cada vivienda se harán propuestas de mejora de la eficiencia energética que no serán efectivas, pues si se proponen sobre elementos o instalaciones comunes que requieren iniciativa comunitaria no llegaran a ser estimadas al limitarse al ámbito de la vivienda certificada. 

No parece muy razonable, si pensamos en el conjunto del edificio,  la coexistencia de tanto análisis como viviendas pero ninguna, o quizás muchas, propuestas de mejora con posibilidad de contradicción entre ellas; ¿Qué deberá hacer la Comunidad de Propietarios, optar por la más barata, por la más repetida, etc. etc.?, en definitiva no parece que la calificación particularizada sea la mejor opción en los casos en los que la calefacción y el agua caliente sanitaria es común para el edificio.

En estos casos, la mayoría de edificios de más de 40 años, el Informe de Evaluación del Edificio propone la mejor opción para calificar la eficiencia energética del edificio de forma global, y conocer las actuaciones más razonables que mejorarán el comportamiento energético y por tanto la factura energética común.

Edificios con instalaciones térmicas (Calefacción y ACS) individual

En estos casos la calificación energética individualizada para cada instalación está más justificada que en el caso anterior y seguramente las propuestas de mejora sobre las instalaciones térmicas o la carpintería exterior podrán ser tenidas en cuenta por el propietario; en cambio las medidas de mejora de ámbito comunitario no surtirán el efecto deseado. 




Desde Servicios y Asesoramiento Técnico, queremos animar a las Comunidades de Propietarios y a sus Administradores a recibir el Informe de Evaluación del Edificio con agrado y como una opción ventajosa para abordar el cumplimiento normativo e iniciar el camino hacía el mantenimiento y el ahorro energético.



15 de septiembre de 2013

Con la revisión del DB HE, se inicia el camino hacía el “Edificio de Consumo casi nulo”

Siguiendo las directrices de la Directiva Europea 2010/31/UE, sobre Eficiencia Energética de lo edificios, el día 13 de septiembre entró en vigor  el nuevo Documento Básico HE de Ahorro de Energía, el cual representa sin lugar a dudas el inicio del camino hacia el “Edificio de Consumo casi Nulo” que será obligado a partir del año 2020 en obra nueva privada y en 2018 en obra nueva pública.

Además, la revisión  del Documento Básico ha sido aprovechada, para establecer criterios de aplicación en edificios existentes, siempre que se reformen de forma significativa o sean ampliados.

El nuevo DB HE limita el consumo energético, la demanda energética e incluye mayores exigencias de eficiencia energética en los proyectos de ejecución o de  reforma.




HE 0- LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO.

El consumo energético de los edificios se limita en función de su situación climática y el uso previsto, de forma que:

Edificios nuevos o ampliaciones de existentes de uso residencial privado:

Se limita el consumo de energía no renovable, de la siguiente forma:







Edificios nuevos o ampliaciones de existentes de otros usos:

La calificación energética para el indicador consumo energético de energía primaria del edificio o de la parte ampliada, deberá tener una eficiencia de clase B o superior.

El consumo para el acondicionamiento, en su caso, de  aquellas edificaciones o partes de las mismas que, por sus características de utilización, estén abiertas de forma permanente, será satisfecho exclusivamente con energía procedente de energías renovables.


HE 1- LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA.

La demanda energética de los edificios se limita en función de su situación climática y el uso previsto, de forma que:

Edificios nuevos o ampliaciones de existentes de uso residencial privado:

La demanda energética de calefacción del edificio o de la parte ampliada, no debe superar el límite establecido  por:






La demanda energética de refrigeración del edificio o de la parte ampliada, en su caso, no debe superar el valor límite DREF.lim= 15 KWxh/m2xaño para las zonas climáticas de verano 1, 2 y 3, o el valor límite DREF.lim= 20 KWxh/m2xaño para la zona climática 4.

Edificios nuevos o ampliaciones de existentes de otros usos:


El porcentaje de ahorro de la demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración, respecto al edificio de referencia del edificio o de la parte ampliada, en su caso, deber ser igual o superior al establecido en la tabla 2.2.:



Obviamente el nuevo DB continúa estableciendo los límites y los criterios de cálculo de las transmitancias térmicas de todos los elementos que conforman la envolvente, avanzando aun más hacía un diseño cada vez más pasivo; pero quizás lo más significativo es la forma en la que se limita el consumo y la demanda energética; iniciándose así el camino hacia los Edificios de Consumo casi Nulo.

18 de agosto de 2013

Manual Técnico para la ejecución de fábricas con bloques y mampostería de hormigón



La asociación de fabricantes de bloques de hormigón “NORMABLOC” puso a nuestra disposición, el “Manual Técnico para la ejecución de fábricas con bloques y mampostería de hormigón”, en  este documento encontramos interesantes criterios de diseño, control y ejecución de fábricas de bloques de hormigón armado en todas sus variantes.

En Servicios y Asesoramiento Técnico, encontramos esté manual de gran interés, adaptado al Código Técnico de la Edificación y su documento básico SE-F, y por tanto lo compartimos con el objetivo de mejorar  el concepto que mucha gente, profesionales o no, tiene sobre estas fábricas; sin valorar las buenas cualidades que presenta como durabilidad, resistencia y mínimo mantenimiento.


Para acceder al “Manual Técnico para la ejecución de fábricas con bloques”, haga CLICK AQUÍ.